Ciudad de México. El Mecanismo de Esclarecimiento Histórico (MEH) de la Comisión para la Verdad sobre la Guerra Sucia denunció que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) incumplió los plazos ordenados por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) para la entrega de documentos sobre los llamados vuelos de la muerte, que despegaban de la base de Pie de la Cuesta, en Guerrero, desde donde integrantes del Ejército lanzaron al mar a disidentes del régimen priísta entre 1973 y 1981.

Explicó que en un primer caso, el instituto instruyó a la Sedena a entregar el expediente SC/034/2000/IV/IE-BIS, averiguación previa que la Procuraduría Militar el elaboró hace 24 años sobre los vuelos de la muerte.

Refirió que si bien la secretaría accedió a entregar una copia de las 8 mil 704 fojas, distribuidas en 13 tomos, el MEH recibió mil 143 fojas -luego del pago de 8 mil 684 pesos-, y el resto ya no fue entregado debido a que el 27 de febrero pasado dicha dependencia les notificó que “el juzgado militar a cargo de dicho expediente lo declaró reservado”.

Lo anterior, puntualizó, “motivó la queja ante el Inai, que en su sesión del 3 de abril instruyó a la Sedena a entregar copia íntegra del expediente, fijando como plazo para el cumplimiento de su instrucción el 22 de abril”.

Por otro lado, el MEH requirió a la Sedena el listado de las víctimas de los “Vuelos de la Muerte”, de personas responsables que fueron procesadas por estos hechos, resoluciones de las autoridades de la justicia militar y la situación legal que guarda cada una de ellas.

Sin embargo, la secretaría respondió que la información era “inexistente”, por lo que el Mecanismo promovió ante el Inai el recurso de revisión RRA 2751/24.

“En su sesión del 10 de abril, este órgano garante instruyó a dicha Secretaría a entregar la información solicitada dando como plazo el 29 de abril del año en curso”.

El MEH señaló que continúa los trámites ante la Dirección de Cumplimientos y Responsabilidades del INAI para la satisfacción de su requerimiento.

Subrayó que la resolución RRA 2751/24 es de interés para la sociedad mexicana, pues “su argumentación jurídica asocia el derecho al acceso a la información con el derecho a la verdad en materia de violaciones graves a los derechos humanos”.

Recordó que en su argumentación, el Inai retomó criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como de la Ley General de Víctimas.

Con relación a los nombres de las personas que tuvieron responsabilidad en los hechos, el instituto resolvió que: “se acredita un interés público mayor para dar a conocer la información requerida, a saber, su nombre, los cargos que enfrentaron, las resoluciones recaídas en sus procesos, así como el estatus legal que guarda en la actualidad cada una de dichas personas.”

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